En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada, conformada por los ministros Pedro Caro Romero, Michel González Carvajal y abogado integrante Sergio Gana, rechazó el recurso de apelación de la defensa y confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, por compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la resolución que decretó la prisión preventiva de Aníbal Osvaldo Valenzuela Cariz, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de cohecho agravado y otorgamiento indebido de licencias de conducir reiterado. Ilícitos cometidos en la comuna de Nancagua, entre 2021 y 2022.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –conformada por los ministros Pedro Caro Romero, Michel González Carvajal y abogado integrante Sergio Gana– rechazó el recurso de apelación de la defensa y confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, por compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Que, los antecedentes hasta ahora recabados en la investigación son suficientes para justificar los presupuestos de la prisión preventiva, por cuanto, más allá de la discusión planteada por la defensa en torno al delito de cohecho, existen presunciones fundadas respecto de la comisión del delito funcionario previsto en el artículo 190 letra A de la Ley de Tránsito, cuya penalidad, al haberse cometido en forma reiterada, queda situada necesariamente en una pena de crimen, lo que da cuenta que la libertad del imputado resulta un peligro para la seguridad de la sociedad, conforme lo dispuesto en el artículo 140 letra c) párrafo cuarto del Código Procesal Penal”, sostiene el tribunal.

Según el ente persecutor, Valenzuela Cariz, funcionario del Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Nancagua, otorgó indebidamente licencias de conducir a un grupo de jugadores y a un directivo del equipo de fútbol Colo Colo, entre 2021 y 2022, a pesar de que no residían en la comuna y no habían aprobado los exámenes prácticos, médicos y teóricos requeridos para obtener tales documentos.