El reglamento debe contener la estructura, creación de comisiones temáticas, el proceso de deliberación y decisión y los mecanismos de participación, entre otros puntos.
El 4 de julio de 2021 se instaló la Convención Constitucional cuyo mandato es la redacción de una nueva Carta Fundamental.
La aprobación e instalación de este organismo, autónomo e inédito en nuestra historia, no contempló en forma previa una regulación detallada de su funcionamiento ni organización, materias que quedaron radicadas en la decisión soberana de las y los convencionales constituyentes.
El 14 de julio, el Pleno de la Convención aprobó la creación de la Comisión de Reglamento cuyo mandato fue elaborar una propuesta reglamentaria que considere al menos materias como la estructura de la Convención, la creación de comisiones temáticas, el proceso de deliberación y decisión; los mecanismos de participación e inclusión -entre otros puntos-, que permitan a las y los convencionales organizar su trabajo, mediante normas que regulen los procedimientos, el debate, la participación y la forma en que se tomarán las decisiones al interior del organismo.
Asimismo, se crearon las comisiones de Ética y de Presupuestos, y posteriormente las comisiones de Comunicaciones, Derechos Humanos, Participación y Consulta Indígena, Participación Popular y Descentralización, instancias que también debían debatir y entregar propuestas reglamentarias para el funcionamiento de la Convención.
Tras escuchar a más de mil organizaciones y personas naturales que expusieron propuestas, consideraciones para el debate, antecedentes académicos, sociales, presupuestarios, etc., todas las comisiones entregaron sus propuestas normativas el 28 de agosto (documentos disponibles en el sitio web de comisiones).
Sistematización y votación
A partir del lunes 30 de agosto, la Comisión de Reglamento, en conjunto con los coordinadores de las restantes comisiones y la Secretaría de la Mesa, ha iniciado el trabajo de compilar y sistematizar las propuestas para proponer al Pleno un proyecto de Reglamento. Será dicha instancia la que deliberará y votará la propuesta.
Tras su aprobación, se contempla abrir un plazo de 48 horas para que las y los convencionales formulen nuevas enmiendas, las que deberán contar con el patrocinio de 30 constituyentes.
Estas modificaciones se someterán a deliberación nuevamente del Pleno y, tras su votación, quedarán incorporadas al texto definitivo del Reglamento.
Fuente: www.chileconvencion.cl